tuuth software sl logo

Guía para dentistas

VeriFactu para clínicas dentales

Qué es, desde cuándo es obligatorio, a quién afecta y qué cambia en la facturación de una clínica dental. Con la norma enlazada, para que puedas comprobarlo todo.

Revisado con la normativa vigente el .

En resumen

  • VeriFactu son los requisitos que la Agencia Tributaria exige a los programas de facturación: cada factura queda registrada al emitirla y no se puede alterar después sin dejar rastro.
  • Es obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para las clínicas que son sociedades y desde el 1 de julio de 2027 para los dentistas autónomos.
  • Te afecta aunque tus tratamientos estén exentos de IVA: los servicios dentales se tienen que facturar siempre.
  • Tener un programa de facturación que no cumpla se sanciona con 50.000 € por cada ejercicio.

Qué es VeriFactu

Es el nombre con el que se conoce el Reglamento que fija los requisitos de los programas de facturación (Real Decreto 1007/2023). Su objetivo es que cada factura quede registrada en el momento de emitirla, encadenada con la anterior, y que no se pueda borrar ni modificar sin dejar rastro.

Hay dos formas de cumplirlo. En la modalidad VERI*FACTU, el programa envía a la Agencia Tributaria el registro de cada factura en el momento de emitirla. En la otra, el programa guarda los registros firmados electrónicamente y los entrega si Hacienda los pide. tuuth usa la primera, así que los registros quedan en la Agencia Tributaria y no tienes que custodiarlos tú.

Además, todas las facturas hechas con un programa llevan un código QR con el que quien la recibe puede comprobarla en la sede de la Agencia Tributaria.

Desde cuándo es obligatorio

1 de enero de 2027

Clínicas que son sociedades (SL, SA…) y el resto de contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.

1 de julio de 2027

Dentistas autónomos que tributan en el IRPF y el resto de obligados.

Las fechas las fija el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, que modificó el Real Decreto 1007/2023 y aplazó un año el calendario anterior (1 de enero y 1 de julio de 2026). Hasta la fecha que te toque, la Agencia Tributaria lo considera un periodo de pruebas.

A quién afecta

A quien factura con un programa informático y tributa por el Impuesto sobre Sociedades o por el IRPF con actividad económica: la clínica que es una sociedad y el dentista autónomo, aunque solo usen el programa para una parte de sus facturas.

Quedan fuera, entre otros, quien factura exclusivamente a mano, quien lleva sus libros por el Suministro Inmediato de Información (SII) y quien tiene el domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra, donde se aplica la normativa de su hacienda foral (en el País Vasco, TicketBAI).

Las hojas de cálculo y los procesadores de texto no cuentan como programa de facturación si solo sirven para escribir, imprimir y guardar la factura. Sí cuentan si además generan el libro registro u otros resultados fiscales, por ejemplo con una macro.

Lo que cambia en una clínica dental

Los tratamientos exentos de IVA también entran

Los servicios de odontólogos, estomatólogos y protésicos dentales están exentos de IVA (artículo 20.Uno.5.º de la Ley del IVA), pero el Reglamento de facturación obliga a facturarlos siempre. Si esas facturas salen de un programa, se registran como cualquier otra.

Una factura emitida ya no se toca

Si tiene un error o cambia el importe, no se edita ni se borra: se emite una factura rectificativa, que queda registrada junto a la original.

Pacientes sin DNI

La factura completa lleva los datos del paciente, incluido su número de identificación. Al paciente extranjero sin NIF se le identifica con su pasaporte o con el documento de su país. Hasta 400 € puede emitirse una factura simplificada, que no necesita esos datos.

El código QR de la factura

Va al principio de la factura, con el texto «QR tributario:» encima. El paciente lo escanea con el móvil y comprueba su factura en la sede de la Agencia Tributaria.

Cómo lo resuelve tuuth

  • El registro sale solo al emitir la factura, en la modalidad VERI*FACTU: no tienes que dar ningún paso más ni custodiar los registros.
  • El PDF que entregas al paciente lleva el código QR para comprobarla.
  • Las facturas de tratamientos exentos se registran como exentas, y al paciente sin DNI se le identifica con su pasaporte o el documento de su país.
  • Si hay que corregir una factura, emites la rectificativa desde la propia factura.
  • Si Hacienda rechaza un registro (un NIF mal escrito, por ejemplo), te decimos por qué y lo reenvías corregido, sin emitir otra factura.

Se activa cuando tu clínica lo necesite: firmas una sola vez una autorización para que los registros se envíen a la Agencia Tributaria en tu nombre, y desde ahí funciona solo.

Prueba tuuth 7 días gratis →

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio VeriFactu para un dentista?

Sí, si factura con un programa informático y tributa por el Impuesto sobre Sociedades o por el IRPF con actividad económica. La obligación empieza el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos. Quedan fuera, entre otros, quien factura exclusivamente a mano, quien está en el SII y quien tiene el domicilio fiscal en el País Vasco o en Navarra.

¿Me afecta VeriFactu si mis tratamientos están exentos de IVA?

Sí. La asistencia dental está exenta de IVA (artículo 20.Uno.5.º de la Ley del IVA), pero el Reglamento de facturación obliga a facturarla siempre (artículo 3.1.a del Real Decreto 1619/2012). Si esas facturas salen de un programa, se registran en VeriFactu como las demás.

¿Qué pasa si no me adapto a tiempo?

Tener un programa de facturación que no cumpla los requisitos es una infracción grave, sancionada con 50.000 € por cada ejercicio (artículo 201 bis de la Ley General Tributaria). La sanción al fabricante del programa es aparte.

¿Puedo seguir facturando con Excel o con Word?

Si solo los usas para escribir, imprimir y guardar las facturas, la Agencia Tributaria no los considera un programa de facturación. Sí lo son si además generan el libro registro u otros resultados fiscales, por ejemplo con una macro, y entonces tendrían que cumplir los requisitos.

¿Qué es el código QR que llevan las facturas?

Es un código que llevan todas las facturas hechas con un programa, al principio de la factura y con el texto «QR tributario:» encima. Al escanearlo, quien recibe la factura la comprueba en la sede de la Agencia Tributaria. En la modalidad VERI*FACTU va acompañado, debajo, de la frase «VERI*FACTU» o «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».

¿Qué hago si me equivoco en una factura ya emitida?

No se modifica ni se borra: se emite una factura rectificativa, que queda registrada junto a la original, y el número de la factura original se queda en la serie.

¿Puedo empezar a usar VeriFactu antes de 2027?

Sí. Hasta la fecha que te toque, la Agencia Tributaria lo considera un periodo de pruebas, así que puedes empezar antes. Si eliges la modalidad VERI*FACTU, tienes que mantenerla al menos hasta el 31 de diciembre de ese año.

Normativa y fuentes

Esta guía resume la normativa para clínicas dentales y no sustituye el consejo de tu asesoría, que es quien puede decirte cómo se aplica a tu caso.